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Revista Abogados Nº 81 - Febrero 2005
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
Actualidad y Doctrina
¿Adiós a las Armas?
El control de armas y la disminución de los
delitos violentos
El autor: César Augusto Labombarda
El auge de la criminalidad en la Argentina no debe buscarse
en el circuito legal de las armas, sino en el ilegal.
Este estudio responde en resumen a un importante trabajo de investigación,
cuya finalidad es evaluar el sistema de control de armas en la legislación
argentina, sistema de leyes de policía que restringen en mayor o menor
medida el acceso de los particulares a las armas de fuego, y a su vez saber cuál
ha sido el resultado de su aplicación ley 20.429, ejercida
por el Registro Nacional de Armas (RENAR), que regula la tenencia de armas en
la República Argentina, con el sistema de registro público universal
obligatorio que ella establece y que comprende todas las regulaciones legales
o reglamentarias relacionadas con su uso y comercio y que, como toda norma de
este tipo, su fin debe ser consolidar la seguridad o el orden ciudadano.
El aporte de información contribuirá a la discusión sobre
este tema, ya que con regularidad en estos tiempos de aguda crisis social, con
índices ascendentes de criminalidad, sólo se oyen las voces de algunos
comunicadores sociales que, al parecer sin más fundamento que su manifiesta
aversión por las armas de fuego, sostienen sobre la necesidad de implementar
políticas de decomiso como en otros países del mundo.
Claro que, a mi modesto entender, quienes propugnan estas ideas creen que, retirando
las armas de manos de los ciudadanos, se logrará una disminución
de los hechos violentos en que son utilizadas las armas en general, desconociendo
cuáles han sido los antecedentes y resultados experimentados en el contexto
internacional.
Hace ya cinco años las estadísticas del RENAR sobre el índice
de delitos cometidos por legítimos usuarios de armas de fuego, sobre el
universo de armas registradas bajo su órbita, era prácticamente
nulo. La explicación para tan bajo índice de delitos debe atribuirse
sin duda a la existencia de pautas legales objetivas para acceder a tal condición,
que incluye acreditar identidad y mayoría de edad, domicilio real, inexistencia
de antecedentes judiciales desfavorables y medios lícitos de vida, a la
vez que un estado de salud psicofísica que habilite la utilización
de armas de fuego y, por supuesto, acreditar idoneidad en su manejo, expedida
por un instructor de tiro habilitado por el propio RENAR, con expresa indicación
del polígono habilitado en el que se han efectuado las pruebas prácticas.
Resulta evidente que el sistema de control de armas que se aplica en el país
garantiza por demás la seguridad común, pues surge a todas luces
que no debe buscarse en el circuito legal de las armas el auge del delito violento
en la Argentina; por el contrario, es del circuito ilegal (armas nunca declaradas,
contrabando o robo a particulares, instituciones oficiales, fuerzas armadas y
de seguridad) de donde provienen las que son utilizadas en hechos de violencia,
resultando muy difícil y costoso instrumentar un control que pueda llegar
efectivamente a ellas.
Respecto del sistema de registro vigente en nuestro país, el mismo es eficiente
para garantizar el bien jurídico seguridad pública,
pues resulta evidente que la delincuencia no registra sus armas y que el propósito
de toda legislación destinada a restringir el acceso a las armas por parte
de los ciudadanos sólo debe tener por finalidad el controlar el destino
de las armas desde las líneas de producción o importación,
con el fin de que las mismas finalmente sean depositadas en manos responsables.
Las leyes restrictivas en la materia sólo logran desarmar a quienes no
cometen delitos, ni con armas ni sin ellas, generando condiciones de facilidad
para aquellos otros que dedican su vida al delito, como previó Beccaria,
padre de la criminología moderna, en su tratado fundador de las garantías
individuales en el proceso penal hace más de 240 años.
El autor: César Augusto Labombarda
Es licenciado en Seguridad (IUPFA), profesor
adjunto de Introducción a la Seguridad en el Instituto Universitario de
la Policía Federal Argentina y asistente en materia de prevención
de lavado de dinero del Banco Ciudad
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